Resumen | |
[J] | El turismo en tiempos de pandemia: según la Abogada General Medina, si los operadores turísticos no pueden cumplir las cláusulas de un contrato de viaje combinado, la pandemia no los exime de la obligación de reducir el precio y, en caso de cancelación, de proceder a un reembolso en efectivo, a menos que se demuestre la existencia de dificultades excepcionales(publicado en Actualidad Diaria 4709 el 19 de septiembre de 2022) |
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El impacto fuera de lo común de la COVID-19 en el sector turístico puede justificar una excepción, de carácter temporal y extraordinario, a la obligación del organizador de reembolsar íntegramente al consumidor los pagos efectuados en un plazo de catorce días en caso de cancelación del viaje combinado, pero cualquier reducción del precio por falta de conformidad del viaje combinado debe ser adecuada teniendo en cuenta todas las circunstancias del caso | |
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